El Paro: Todo lo que necesitas saber del Paro (Subsidio, Prestacion por Desempleo)

El PARO
Requisitos Cobrar el Paro | Cobrar el Subsidio por Desempleo - Prestación por Desempleo

El tiempo trabajado en una empresa determina, en la mayoría de los casos, el tipo de prestación por desempleo que puedes solicitar.


Para tener derecho a la prestación por desempleo, tienes que cumplir todas las condiciones siguientes: 

- Estar dado de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la prestación por desempleo.

- Encontrarte sin empleo tras haber sido despedido, o haber finalizado el contrato de trabajo siempre que no hayas sido voluntario, o reducción temporal de la jornada de trabajo superior a un tercio.

- Haber trabajado y cotizado por desempleo durante un período mínimo de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.

- No haber cumplido la edad de la jubilación.

- Presentar tu solicitud en la Oficina de Empleo que corresponda a tu domicilio en los 15 días hábiles de la finalización de tu contrato.

Cobrar el Paro | Importe de Paro - Prestación por Desempleo

El tiempo trabajado en una empresa y el sueldo determina, en la mayoria de los casos, el importe de la prestacion por desempleo que vas a cobrar.
Fuente: INEM.
Fecha actualizacion: Octubre 2009

Importe mínimo mensual de la prestación por desempleo:

Importe bruto. Tienes que restar unos 50€ para tener el neto.

Si no tienes hijos a cargo: 492,08 €

Si tienes al menos un hijo a cargo: 658,16 €

Importe máximo mensual de la prestación por desempleo:

Importe bruto. Tienes que restar unos 80€ para tener el neto.

Si no tienes hijos a cargo: 1.076,44 €

Si tienes un hijo a cargo: 1.230,22 €

Si tienes dos o más hijos a cargo: 1.383,99 €

Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores con discapacidad que con vivan contigo y no tengan rentas superiores a 624 € al mes.

A continuación algunos ejemplos de importe de prestaciones y duración:


CASO 1

* Caso 1: Trabajador con salario neto de 1.000 euros, 6 años trabajando, 0 niños.

Tendrías derecho a percibir una prestación por desempleo de 24 meses de duración.

El importe bruto mensual sería de 900 € durante los 6 primeros meses , y de 780 € durante el resto del período de derecho.

Sobre el importe bruto indicado se descontará 39.71 € en concepto de aportación obligatoria del trabajador a la cotización de Seguridad Social y, las eventuales retenciones fiscales de I.R.P.F.

Pues, ingresarás neto unos 820 € al mes y después unos 700 €.

La prestación se abonará entre los días 10 y 15 de cada mes mediante ingreso en la cuenta corriente que indiques al presentar tu solicitud.

CASO 2

* Caso 2: Trabajador con salario neto de 1.600 euros, 4 años trabajando, 0 niños.


Tendrías derecho a percibir una prestación por desempleo de 16 meses de duración.

El importe bruto mensual sería de1076.44 € durante los 6 primeros meses , y de 1076.44 € durante el resto del período de derecho.

Sobre el importe bruto indicado se descontará 76.37 € en concepto de aportación obligatoria del trabajador Sa la cotización de Seguridad Social y, las eventuales retenciones fiscales de I.R.P.F.

Pues, ingresarás neto unos 970 € al mes.

La prestación se abonará entre los días 10 y 15 de cada mes mediante ingreso en la cuenta corriente que indiques al presentar tu solicitud.

Caso 3
* Caso 3: Máximo que puede cobrar un Trabajador como prestación por desempleo.

Tendrías derecho a percibir una prestación por desempleo de 1076.44 € bruto durante 24 meses de duración.

Sobre el importe bruto indicado se descontará la cotización de Seguridad Social y, las eventuales retenciones fiscales de I.R.P.F.

Pues, ingresarás neto unos 970 € al mes.

La prestación se abonará entre los días 10 y 15 de cada mes mediante ingreso en la cuenta corriente que indiques al presentar tu solicitud.

Documentación a presentar para cobrar el paro. 

A continuación la documentación que debes presentar en la Oficina de Empleo más cercana de tu domicilio para solicitar la prestación por desempleo.

Puedes obtener la dirección de dicha Oficina de Empleo en el teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99 en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.


  1. Impreso de solicitud de la prestación de desempleo debidamente rellenado:
    Solicitud prestación desempleo Solicitud de prestación por desempleo (pdf - 345 kb).

    Incluye datos personales del solicitante, rentas, hijos a cargo, datos bancarios para recibir la prestación por desempleo, compromiso de actividad y la autorización de información a la Agencia Tributaria para la retención del Irpf (opcional).

  2. Identificación en vigor de la persona solicitante.
    • Si eres Español. Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carnet de conducir.
    • Si eres extranjero. Tarjeta de Residencia, Número de Identidad de Extranjeros (NIE).


  3. Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros, si tienes hijos a tu cargo.

  4. Acreditación del desempleo, entregando los certificado/s de empresa de las empresas en las que has trabajado los últimos 6 meses.
El plazo para solicitar la prestación por desempleo es de 15 días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos), desde el despido o desde el día que finalizas las vacaciones pendientes de disfrutar.


Cómo renovar el paro y la prestación por desempleo.

El desempleado tiene que renovar la tarjeta de paro (también llamado “sellar el paro”) en los días señalados, habitualmente cada 3 meses. De no hacerlo, se considera una infracción leve.

El procedimiento de renovación de la demanda de paro depende de cada comunidad autónoma. Habitualmente, tienes que presentarte en la oficina de empleo para sellar tu tarjeta de desempleado.

Puedes consultar el procedimiento exacto de tu comunidad llamando al teléfono de información del INEM:
901 11 99 99. Es un sistema automático de voz disponible las 24 horas del día, todos los días del año. 

¿En qué horario puedo ir a la oficina de empleo?

En general, el horario de la oficina de empleo es de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
Algunas oficinas están abiertas de lunes a jueves, de 9 a 17,30 horas, y el viernes de 9 a 14 horas.

Cómo renovar el paro por Internet.

En algunas comunidades es posible renovar el paro por Internet (Cataluña por ejemplo). La renovación por Internet es un sistema totalmente válido, que permite a los demandantes de empleo renovar la tarjeta de paro desde casa.  El objetivo es ahorrar colas, burocracia y, a la vez, favorecer una atención más personalizada a los parados

Para renovar el paro por Internet (sellar el paro) es necesario introducir, en la web del Servicio de Empleo de su comunidad, la clave de acceso (PIN) que se encuentra en tu tarjeta de desempleo y tu DNI. También puedes utilizar un certificado Digital.

¿Qué pasa si presento la renovación de paro fuera del plazo?

 Si sellas su tarjeta de desempleado fuera de plazo, obtendrás una sanción por infracción leve, y se sanciona de la siguiente manera:
  • 1ª infracción: Pérdida de 1 mes de prestación.
  • 2ª infracción: Pérdida de 3 meses de prestación.
  • 3ª infracción: Pérdida de 6 meses de prestación.
  • 4ª infracción: Extinción de la prestación.
En el caso de que no puedas sellar tu tarjeta de desempleado en la fecha prevista, comunícalo por escrito a tu oficina de empleo. Conseguirás una autorización de no renovación y así evitarás una posible sanción.

 

Tus obligaciones al cobrar la prestación por desempleo. 

Para cobrar el paro, es decir la prestación por desempleo, tienes que cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Buscar trabajo activamente, y si lo determina la Oficina de Empleo, mejorar tu formación de cara a encontrar un nuevo empleo (es el Compromiso de Actividad que has firmado cuando has realizado tu solicitud de prestación por desempleo).

  • Ir a la entrevista de trabajo que te haya concertado la Oficina de Empleo, y devolverles, en el plazo de cinco días, el justificante de haber comparecido en la empresa.
  • Aceptar los trabajos sin fines lucrativos que te pueden ofrecer la oficina de empleo o la agencia de colocación.

  • Comunicar los cambios en tu situación personal (hijos, matrimonio, desplazamiento en el extranjero, baja médica, cambio domicilio).

  • Renovar la demanda de prestación de empleo en las fechas señaladas y de la forma que se indica en la tarjeta de demandante de empleo.

  • Solicitar la baja de las prestaciones por desempleo inmediatamente cuando dejas de reunir los requisitos exigidos para su percepción (por ejemplo el día que encuentras trabajo).

  • Reintegrar, si es el caso, las prestaciones indebidamente recibidas.
No respectar estas obligaciones (excepto las 2 últimas) se considera infracción leve y se sanciona de la siguiente manera:
  • 1ª infracción: Pérdida de 1 mes de prestación.
  • 2ª infracción: Pérdida de 3 meses de prestación.
  • 3ª infracción: Pérdida de 6 meses de prestación.
  • 4ª infracción: Extinción de la prestación.
No respectar las 2 últimas obligaciones se considera infracción muy grave. Se sancionan con la extinción de la prestación por desempleo. Además, se puede excluir al trabajador del derecho a percibir cualquier prestación económica durante un año.

7 Comentarios:

Rubi dijo...

pue ssi que hace falta requisitos que pasada muy buena informacion

Anónimo dijo...

Hola muchas gracias, vuestra información me resulta muy util, pero tengo un problema en el inem, se que las consultas personales son un royo , pero me resultaría muy util, pues ya he puesto una reclamación en el Inem y no me contestan.
Resulta que yo tengo una base de suelo de 977€ mensuales, en los ultimos 6 meses cotizados, en una jornada parcial de 5 horas.

Por las cuentas normales me darían que tendría q recibir una prestación de unos 600 y pico euros, pues resulta que estoy cobrando 324€ y nadie me sabe decir por que.

Gracias de antemano

Cordobess@ dijo...

Hola Anonimo, me faltan datos para poder responder tus dudas.
Si mal no entendi tu Tipo contrato no era a Jornada Completa.
No especificas el tiempo total cotizado.
Aunque los calculos se basan en los ultimos 6 meses, hay baremos segun el tiempo total cotizado.

Te dejare Unos archivos PDF, que espero te aclaren un poco mas tus dudas.

Podras encontrar mas informacion en este mismo blog:
http://vigilans-antis.blogspot.com/2009/12/el-paro-quiere-cobrar-el-paro-y.html
y los documentos a presentar en:
http://vigilans-antis.blogspot.com/2009/12/impresos-para-solicitar-prestaciones.html

Anónimo dijo...

Muchas gracias por responder con tanta rapidez
Mi tiempo de cotización es de dos años el ultimo año trabajaba a jornada parcial, de 5 horas con una base reguladora de 977€ al mes, la cuestión es que ya estoy dada de alta en el paro, y cuando hice los calculos que de lo que tenia que cobrar incluso una funcionaria me hizo los calculos me daba que tenia que cobrar 600€ y pico, y la cuestion es que estoy cobrando el segundo mes 324€

Evidentemente quiero presentar una reclamación, así que me he puesto en contacto con un abogado que me dijo que me corresponde unos 650€ mensuales, pero sin embargo una asesoría em ha dicho que los 324€ que estoy cobrando pueden estar bien por que en teoría dicen que para los contratos de jornada parcial existen coeficientes correctores, así que tengo la duda de quien tiene razón.

Muchas gracias de nuevo

Cordobess@ dijo...

Bueno, primero comentarte que no soy experta, ni abogada, por lo que los pocos conocimientos que tengo, los adquiero mediante las webs informativas.

Como bien te comentaron en la asesoria, existen coeficientes.

Si ya has puesto una reclamacion al INEM deberias esperar una respuesta por su parte, en la cual te explicaran o corregiran los errores oportunos.
Si tardan en contestar deberias insistir.
Tambien podrias acudir al defensor del Pueblo.
Tal vez alli te guien o ayuden a agilizar los tramites, en manera de denuncia.
Siento no poder ayurdarte mas. Pero como te dije antes no soy experta en el tema, y no quiero liarte mas de lo que parece que estas.
Un saludo y suerte.

Anónimo dijo...

Hola. Enhorabuena por vuestro blog, me está siendo de mucha ayuda.

Resulta que leyendo el caso 1, me ha extrañado muchísimo que al final salgan netos 820€.

En la simulacion de la web redtrabaja con una base de 1000€, 6 años trabajados y 0 niños, me salen 700€ al mes y eso sin descontar el I.R.P.F. durante los 6 primeros meses.

Segun parece el calculo sería en siguiente:

La suma de las bases de los 180 últimos dñias cotizados, osea 6000, dividido entre 180 días, osea 33,33. Haciendo el 70% para los 6 primeros meses da 23,33. Multiplicado por los 30 días del mes, 700€.

¿Esto sería así?

Gracias. Un saludo !!!

Cordobess@ dijo...

Si lo has entendido bien. Lo unico, que a veces los calculos con calculadoras web pueden contener errores, por eso recomiendo siempre que si te sale una cantidad diferente a la que te abonen posterior, acudas a un abogado para que te saque los calculos correctamente, ya que esto son aproximaciones o como te he dicho pudieran contener errores de aplicacion

 



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