Calculo Nomina Vigilante de Seguridad: VigilansNomina 20.16

 VigilansNomina 20.16  

Ya conocéis la aplicación VigilansNomina, en sus anteriores versiones.

Ahora llega la actualización VigilansNomina 20.16, la cual espero tenga las mismas descargas o más que el año 2014! En 2015 no se saco versión debido a falta de tiempo y a los continuos cambios en convenios y negociaciones que venimos sufriendo los Vigilantes de Seguridad.

IMPORTANTE: 
  • VigilansNomina 20.16 es un proyecto creado, para el calculo de la Nomina del Vigilante de Seguridad Privada en España. 
  • Es un PROGRAMA GRATUITO el autor prohibe su distribucion bajo cualquier tipo de beneficio economico. 
  • Solo las copias descargadas directamente de este Blog son seguras. 
  • Queda permitida su distribución siempre que se nombre la Fuente del mismo. 
(Aviso: los calculos pueden contener errores. El creador no se hace responsable de dichos errores)


ENTRADA ACTUALIZADA A 22/12/2016: ACTUALIZACION Y ACTIVACION DE DESCARGAS

Revista Española de Defensa - Diciembre Nª 323: Lucha contra el yihadismo

Lucha contra el yihadismo


(Visualizacion desde la web del Ministerio de Defensa)
(Descarga desde desde la web del Ministerio de Defensa)

Correo de contacto y Fuente de la Revista: red@red.comdef.es - Ministerio de Defensa
Fecha : 11/12/2015

Calendario Laboral 2016 (Festivos Nacionales)

Calendario año 2016, con las Festividades Nacionales para tu descarga Gratuita.
Portada del calendario con imagen de la Policia Nacional.

PARA DESCARGAR HAZ CLIC EN LA IMAGEN

Calendario Laboral 2016 (Festivos Nacionales y Locales de Zaragoza)

Calendario año 2016, con las Festividades Nacionales y Locales de Zaragoza para tu descarga Gratuita.
Portada del calendario con imagen de la Policia Nacional.


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Tablas Salariales Seguridad Privada 2016

TABLA SALARIAL SEGURIDAD PRIVADA PERIODO ENERO A JUNIO 2016
CLIC EN LA IMAGEN PARA DESCARGAR EN PDF



TABLA SALARIAL SEGURIDAD PRIVADA PERIODO JULIO A DICIEMBRE 2016
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Boletin SEGURPRI Nº 47 - Marzo 2015 (Unidad Central Seguridad Privada)

Boletin Nº 47 Unidad Central Seguridad Privada correspondiente al mes de Marzo de 2015



Boletin SEGURPRI Nº 46 - Febrero 2015 (Unidad Central Seguridad Privada)

Boletin Nº 46 Unidad Central Seguridad Privada correspondiente al mes de Febrero de 2015


Todo lo que debes saber sobre 'El Curso Actualización/Reciclaje' para el personal de Seguridad Privada


Muchos siempre tenemos las dudas de si es obligatorio o no por parte de las empresas facilitarnos esa formacion....cada cuanto debemos hacerlo...duracion...y en caso de realizarse fuera de la jornada laboral, a que precio deben pagarnos las horas realizadas en el mismo.

Aqui tocare todo lo que pueda sobre este tema.

Para empezar tenemos que tirar de varios articulados para poder llegar a una conclusion legal sobre nuestros 'Cursos de actualizacion o recicaje'. Entre ellos esta: 'Real-Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo', 'El artículo 5.2 de la Ley 23/92', 'El artículo 57.1 y 57.2 del Reglamento de Seguridad Privada', 'La Orden INT318/2011, de 01 de febrero de 2011, en su artículo 7º' y 'El Convenio de Seguridad Privada en su articulo 12'.

Y qué dicen los diferentes articulados sobre la Formacion:

El artículo 5.2 de la Ley 23/92 establece que:

Las empresas de seguridad deberán garantizar la formación y actualización profesional de su personal de seguridad. Podrán crear centros de formación y actualización para el personal de empresas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en la presente Ley”.
El artículo 57.1 del Reglamento de Seguridad Privada, dispone que:

"Al objeto de mantener al día el nivel de aptitud y conocimientos necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas al personal de seguridad privada, las empresas de seguridad, a través de los centros de formación autorizados, garantizarán la organización y asistencia de su personal de seguridad privada a cursos, adaptados a las distintas modalidades de personal, de actualización en las materias que hayan experimentado modificación o evolución sustancial, o en aquellas que resulte conveniente una mayor especialización”.

Y a su vez el artículo 57.2 del Reglamento de Seguridad Privada, dispone que:

“Para los vigilantes de seguridad, los cursos de actualización o especialización tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas; cada vigilante deberá cursar al menos uno por año; y se desarrollarán en la forma que determine el Ministerio del Interior”.

Por su parte, la Orden INT318/2011, de 01 de febrero de 2011, en su artículo 7º dispone que:
“De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, el personal de seguridad privada, al que se refiere este artículo, participará en cursos de actualización y especialización impartidos por centros de formación autorizados, que tendrán una duración, como mínimo de veinte horas lectivas anuales, con un porcentaje de, al menos, el cincuenta por ciento de formación presencial”.

Con esto sacamos en claro cual debe ser la duración de dichos cursos y cada cuanto deben realizarse. Pero, en caso de realizar dichos cursos fuera del horario laboral, que sucede segun 'El Convenio de Seguridad Privada':

El Convenio de Seguridad Privada 2016 dice en su Sección III, articulo 12 - Formación:

'Las partes firmantes se someten al subsistema de formación profesional continua regulado en el Real-Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, o normativa que le sustituya, así como el desarrollo que se efectúe de los planes de formación sectoriales para la formación de los trabajadores, comprometiéndose a realizar los actos necesarios para el fiel cumplimiento de ambos acuerdos.

Queda facultada la Comisión Mixta o Paritaria sobre Formación Profesional Continua del Sector de Seguridad Privada, para desarrollar cuantas iniciativas sean necesarias y conducentes a la aplicación, de la normativa legal indicada anteriormente, o la vigente en el ámbito temporal del convenio.


Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria de su nivel funcional.


Cuando, en este caso, deba el trabajador desplazarse por sus propios medios, dicho desplazamiento será abonado en la forma prevista.


Las empresas, en virtud de la referida normativa, se someten al procedimiento en ella establecido, y deberán informar a los Representantes de los trabajadores de los planes de formación profesional a realizar, bajo el objetivo general de la mejor adaptación de la empresa a las circunstancias del mercado.'

Por lo tanto y resumiendo todo lo anterior expuesto:

Los Vigilantes de Segurdad deberan realizar al menos un curso de actualizacion ANUAL de un MINIMO DE 20 HORAS LECTIVAS, las cuales se abonaran al trabajador como HORAS EXTRAORDINARIAS si este debe realizar dicha formacion fuera de la Jornada Laboral, e incluso en el caso de el trabajor tener que desplazarse por sus propios medios dicho desplazamiento sera abonado en la forma prevista.

Convenio Seguridad Privada Ilunion Seguridad 2016

CONVENIO ILUNION SEGURIDAD 
(JULIO 2015 - 31 DICIEMBRE 2016)

CLIC EN LA IMAGEN PARA DESCARGAR EN PDF

Convenio Seguridad Privada 2016

CONVENIO SEGURIDAD PRIVADA

* Modificación del Convenio de las Empresas de Seguridad Privada Julio 2015-2016 (CONTIENE TABLAS SALARIALES 2016)

Resolución de 4 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal para las empresas de seguridad para el periodo julio 2015-2016.

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Nivel de Alerta Antiterrorista en España

Nivel de Alerta Antiterrorista
24/11/2015

¿Qué es el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista?

El Plan de Prevención y Protección Antiterrorista establece las directrices generales que, partiendo de un esfuerzo permanente en el ámbito preventivo, permitan asegurar la detección, seguimiento, análisis y evaluación continuada del riesgo de atentado terrorista, así como la puesta en marcha y coordinación de los dispositivos preventivos en caso necesario,  entendidos éstos como el conjunto de acciones llevadas a cabo con anterioridad a que se materialice un atentado terrorista con el objetivo de evitar que se produzca.
Las medidas del Plan estarán principalmente dirigidas a la protección de los siguientes objetivos:
  • Instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los servicios esenciales.
  • Centros y organismos públicos u oficiales, así como cualesquiera otros activos, ya sean personas, bienes, servicios, tecnología de la información u otros intangibles, cuya destrucción, ataque o degradación suponga un daño importante conforme a la valoración ponderada de los siguientes criterios: daños a la vida humana, vulneración de derechos fundamentales, afectación al normal funcionamiento de las instituciones o de los sectores estratégicos, afectación al orden púbico o la convivencia, impacto público, social o simbólico y pérdidas económicas o patrimoniales.

¿Qué es el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?

El Nivel de Alerta Antiterrorista consiste en una escala compuesta por varios niveles complementarios, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un grado de riesgo, en función de la valoración de la amenaza terrorista que se aprecie en cada momento.

¿Cuántos niveles hay?

La clasificación prevista en el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista cuenta con cinco niveles de activación asociados a un determinado nivel de riesgo: el Nivel 1 corresponde a riesgo bajo, el Nivel 2 a riesgo moderado, el Nivel 3 a riesgo medio, el Nivel 4 a riesgo alto y el Nivel 5 a riesgo muy alto.

¿Qué implica cada uno de los niveles?

Cada nivel lleva aparejada la inmediata puesta en marcha de un grupo de medidas específicas adaptadas a la naturaleza de la amenaza.

¿Qué puedo hacer si veo algo sospechoso?

La colaboración ciudadana es fundamental para combatir el terrorismo. Si tiene conocimiento, indicio o sospecha de actividades que pudieran estar relacionadas con este tipo de delincuencia grave, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de la Policía Nacional (091) o de la Guardia Civil (062). Recuerde que también tiene a su disposición la aplicación móvil gratuita Alertcops, que le permite enviar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado una alerta geolocalizada de delito o situación de riesgo.

¿Quién decide la activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?

La activación de cada NAA compete al ministro del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, en base a los informes de valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma que elabora un comité integrado por expertos en la lucha antiterrorista.

¿Cuáles son los criterios de activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?

La activación de cada NAA depende de la valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma. Por un lado, la amenaza se valorará en función de la intención, la capacidad y la probabilidad de comisión de un atentado terrorista.  Por otro, su correlación se valorará en función de la vulnerabilidad de los potenciales objetivos de ataque y su posible impacto o repercusión.

¿Cuándo se crea el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?

Los Niveles de Alerta Antiterrorista fueron introducidos en España por primera vez por el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista de 9 de marzo del 2005 como consecuencia de los atentados ocurridos en Madrid del 11 de marzo del 2004. Este primer Plan establecía 3 niveles.
En 2009, la Instrucción 4/2009 de la Secretaría de Estado de Seguridad modificó el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista, introduciendo una escala de 4 niveles, con dos intensidades.
El actual sistema de niveles entró en vigor en mayo del 2015 como consecuencia de la publicación de la Instrucción 3/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualizó el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista con el fin de mejorar, por un lado, la protección de los potenciales objetivos de las organizaciones terroristas y reforzar, por otro, las capacidades de investigación y neutralización de la amenaza.
Cronología de los Niveles de Alerta Antiterrorista (NAA) en España
Descarga Cronología NAA en España

Descargas


Cuchillas en parques infantiles en España BULO. La verdad AQUI

Hace mucho tiempo que este Bulo crece como la espuma en España.

Ya sea via movil...por facebook...twitter o cualquier red social que se precie...se hace viral y preocupa a cada Madre...a cada Padre que se cree que en su ciudad esta sucediendo pero NO ES ASI.

Este caso sucedio el 24 de Marzo de 2014 en EEUU exactamente el parque Millenium de la ciudad de East Moline, en Illinois.

La Policía de East Moline peinó los 15 parques de la ciudad y no encontraron más en los otros parques.

Entonces el teniente de la Policía de East Moline, Brian Foltz, dijo que la Policía no sabía con exactitud desde cuando las navajas habían sido colocadas ahí.

Ahora desalmados usan esas imagenes para causar miedo y terror entre los padres no se muy bien con que fin...pero...hay que ser un sin verguenza.


Espero que esta entrada en mi blog, sirva aunque sea para parar el bulo constante que corre por España.



Fuentes: Diario.mx, Yahoo Noticias.

I.Ruiz Orozco

Convenio Seguridad Privada 2015 (TEXTO BOE)

http://www.boe.es/boe/dias/2015/01/12/pdfs/BOE-A-2015-255.pdf

PUBLICADO EL 12 DE ENERO DE 2015: CLIC EN LA IMAGEN PARA SU DESCARGA.

Convocatorias Vigilante de Seguridad, Vigilante de Explosivos y Escolta Privado 2015


Plazo para presentar solicitud:
  • 01/2015 Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

  • 02/2015 Del 2 al 11 de marzo de 2015.
  • 03/2015 Del 27 de abril al 6 de mayo de 2015.
  • 04/2015 Del 16 al 25 de junio de 2015.
  • 05/2015 Del 28 de septiembre al 7 de octubre de 2015.
Publicado en BOE número 6, de 7 de enero de 2015

 



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