¿Ha trabajado un año o más?
Requisitos que debe cumplir para poder acceder a una prestación contributiva por desempleo por haber trabajado un año o más.
-Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta (mas abajo encontrara las situaciones de asimilada al alta) en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
-Encontrarse en situación legal de desempleo.
-Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada y suscribir un Compromiso de Actividad (Mas abajo encontrara el compromiso de actividad). Los Servicios Públicos de Empleo tendrán en cuenta la condición de víctima de violencia de género o de víctima de violencia doméstica para atemperar, en caso necesario, el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del compromiso de actividad.
-Tener cotizado por desempleo un período mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. El incumplimiento por parte del empresario de las obligaciones de afiliación, alta y cotización no impide que el trabajador obtenga su prestación por desempleo y, por ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) abonará las prestaciones sin perjuicio de las acciones que emprenda contra la empresa infractora y la responsabilidad de ésta por las prestaciones reconocidas.
-No haber cumplido la edad ordinaria que se exige para la pensión de jubilación, salvo que no se tuviera derecho a ella por falta de cotización o se trate de situaciones de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada autorizados por expediente de regulación de empleo.
-No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad.
A tener en cuenta
Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar ese último periodo de un año o más, podrá elegir entre reanudar la prestación que suspendió o cobrar la nueva que ha generado. Esto es el derecho de opción (Mas abajo vera el Derecho de opción).
Si para trabajar el último periodo de un año o más, interrumpió el cobro de un subsidio por desempleo, deberá solicitar la nueva prestación por desempleo generada.
Recuerde: si ha trabajado un año o más aqui la información descargable.
Descargar más información (pdf - 192 kb)
Descargar guía informativa (pdf - 120 kb)
Documentación a presentar
Para poder acceder a una prestación contributiva por desempleo por haber trabajado un año o más deberá estar inscrito como demandante de empleo y presentar la siguiente documentación:
-Solicitud de la prestación en modelo normalizado, que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo.
-El impreso de solicitud incorpora: la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
-Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud. (Bastará con la exhibición de los documentos):
-Documento Nacional de Identidad (DNI)/ Tarjeta de identidad de extranjero.
-Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
-Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos 6 meses.
Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo es necesario aportar el otro documento acreditativo que corresponda.
Sólo en el supuesto de que la empresa no estuviera integrada en el Sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social, se precisa una copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados. La solicitud la podrá presentar, bien en su oficina de empleo, a través de la página web del Servicio Público de Empleo Estatal o en una oficina de correos, en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo (término de la relación laboral por fin de contrato o despido) al retorno del extranjero o a la excarcelación.
Recuerde, si ha trabajado un año o más. Documentación a Presentar:
Descargar impreso (pdf - 370 kb)
Descargar carpeta informativa (pdf - 84 kb)
¿Ha trabajado menos de un año?
Requisitos para poder acceder a un subsidio por desempleo por haber trabajado menos de un año.
-Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
-Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 15 días desde la situación legal de desempleo y suscribir el Compromiso de Actividad.
-Tener cotizados, en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, al menos 3 meses si tiene responsabilidades familiares, o 6 meses si no las tiene, y no tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días para tener derecho a una prestación contributiva.
-Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias.
Si el trabajador tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.
En caso de que haya realizado trabajos a tiempo parcial, deberá aportar los contratos en los que se refleje el número de días de trabajo a la semana.
A tener en cuenta
Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar este último periodo de menos de 360 días, debe solicitar la reanudación de dicha prestación.
Si interrumpió un subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses tendrá que reanudar dicho subsidio pero si no es la primera vez que suspende el subsidio, tiene varios periodos trabajados y entre todos suman 360 días o más, debe solicitar una nueva prestación contributiva por desempleo.
Recuerde: si ha trabajado menos de un año aqui la información descargable.
Descargar más información (pdf - 154 kb)
Descargar guía informativa (pdf - 120 kb)
Documentación a presentar
Para poder acceder a un subsidio por desempleo por haber trabajado menos de un año deberá presentar la siguiente documentación:
-Modelo oficial de solicitud.
-El impreso incorpora la declaración de rentas del solicitante y de los familiares que convivan con él o estén a su cargo, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
-Documentos de identificación del solicitante y de los hijos que conviven con él o estén a su cargo y que figuren en la solicitud. (Solamente será necesario mostrar los documentos para verificar la identidad):
-Documento Nacional de Identidad (DNI)/Tarjeta de identidad de extranjero.
-Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
-Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
-Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, documento acreditativo que la acredite.
-Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de las rentas. La solicitud se presentará en su oficina de empleo o en una oficina de correos en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo.
Recuerde, si ha trabajado menos de un año. Documentación a Presentar:
Descargar impreso (pdf - 602 kb)
Descargar carpeta informativa (pdf - 98 kb)
Situaciones asimilada al alta.
A los efectos del derecho a la prestación por desempleo se consideran las siguientes situaciones:
- La excedencia forzosa por cargo público o sindical.
- La liberación de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- El retorno de los trabajadores emigrantes.
- Finalizar la relación laboral estando trasladados o desplazados temporalmente por la empresa fuera del territorio nacional.
- Finalizar su relación laboral en un período de huelga y/o cierre patronal legales.
- La situación de incapacidad temporal, sin obligación de cotizar, así como la de invalidez provisional.
- La situación de excedencia por periodo no superior a tres años por atender al cuidado de cada hijo y la situación de excedencia para el cuidado de un familiar.
- La situación del trabajador durante el período correspondiente a vacaciones anuales retribuidas que no hayan sido disfrutadas con anterioridad a la finalización del contrato.
Compromiso de Actividad.
Es el que adquiere el solicitante o beneficiario de las prestaciones de buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional para incrementar su ocupabilidad, así como de cumplir las restantes obligaciones previstas en la normativa que regula las prestaciones por desempleo.
Su incumplimiento conlleva efectos sancionadores como infracción leve.
La participación en acciones de mejora de la ocupabilidad será voluntaria para los beneficiarios de prestaciones contributivas durante los 100 primeros días de percepción, y la no participación en las mismas no conllevará efectos sancionadores.
Su incumplimiento conlleva efectos sancionadores como infracción leve.
La participación en acciones de mejora de la ocupabilidad será voluntaria para los beneficiarios de prestaciones contributivas durante los 100 primeros días de percepción, y la no participación en las mismas no conllevará efectos sancionadores.
Ejercicio del derecho de opción.
Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, y se reconozca una nueva prestación por desempleo sin haber agotado la prestación anterior, el trabajador PODRA OPTAR, por escrito y en el plazo de 10 días desde el reconocimiento de la prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.
Si el trabajador opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.
Si el trabajador es fijo discontinuo podrá optar también, aunque no haya extinguido el derecho a prestación por desempleo anterior, entre reanudar ese derecho o percibir uno nuevo si acredita periodo de ocupación cotizada de, al menos, 360 días y cumple el resto de requisitos. En este caso, si opta por reanudar el derecho anterior que tenía interrumpido, las cotizaciones tenidas en cuenta para la nueva prestación por la que no opta sí podrán computarse para un derecho posterior.
Si el trabajador opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.
Si el trabajador es fijo discontinuo podrá optar también, aunque no haya extinguido el derecho a prestación por desempleo anterior, entre reanudar ese derecho o percibir uno nuevo si acredita periodo de ocupación cotizada de, al menos, 360 días y cumple el resto de requisitos. En este caso, si opta por reanudar el derecho anterior que tenía interrumpido, las cotizaciones tenidas en cuenta para la nueva prestación por la que no opta sí podrán computarse para un derecho posterior.
0 Comentarios:
Publicar un comentario