ESTE PERMISO RETRIBUIDO, APROBADO POR LA LEY ORGÁNICA 3/2007 DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES,APENAS SE DISFRUTA POR SU DESCONOCIMIENTO
Según la disposición adicional décimo primera de esa ley, todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a un permiso retribuido de 2 días por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 días. (Estatuto de los Trabajadores-Art.-37/b)
Parientes y afines del trabajador y del conyuge por los que corresponde este derecho:
Del Trabajador :
Conyuge
Hijos y Yernos / Nueras
Padres
Hermanos y Cuñados / Cuñadas
Nietos
Abuelos
Hijos y Yernos / Nueras
Padres
Hermanos y Cuñados / Cuñadas
Nietos
Abuelos
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